miércoles, 12 de diciembre de 2007

Caso práctico. Contabilidad del empresario

CASO PRÁCTICO[1]
CONTABILIDAD DEL EMPRESARIO

Pedro y Juan, cocineros de profesión, han puesto un pequeño negocio de comidas preparadas, que llevan a medias. Uno de sus clientes es un centro geriátrico vecino al establecimiento de comidas. El centro geriátrico, que pertenece a una sociedad anónima explotadora de varios centros similares, hace pedidos por teléfono, que se sirven cada día y cuyo importe se paga contra una factura mensual, que el centro paga al contado. No hay un albarán de entrega que sea claro y explícito, sino una nota de reparto que no está firmada por el receptor, sino que cumplimenta y rellena un mensajero y que no se conserva indefinidamente. Un día, el centro deja de pagar la factura mensual y al mes siguiente otra, y luego algunas más, hasta que llega a deber una cantidad importante, que los cocineros no logran cobrar, de modo que están considerando la conveniencia y las posibilidades de reclamarla judicialmente. Ellos tienen en sus propios libros anotadas todas las entregas pendientes de pago, y están seguros de que en los libros de contabilidad del centro geriátrico estarán contabilizadas igualmente dichas entregas.

¿Qué posibilidades de éxito puede tener la reclamación judicial de los cocineros?. ¿Qué contabilidad están obligados a llevar los dos cocineros y qué tipo de contabilidad está obligado a llevar el centro geriátrico?. ¿La existencia de un informe de auditoría puede ser relevante para resolver el caso?. ¿Qué órgano judicial sería competente y cuál el procedimiento adecuado para conocer de una posible reclamación judicial?


Orientación jurisprudencial: RDGRN 16 de febrero de 2000 (RJ 496/2000) y STS (Sala 1ª) 20 noviembre 2000 (RJ 2000/9217)

[1] La autoría del presente caso práctico es del Prof. Julio Pérez Hernández

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