miércoles, 5 de diciembre de 2007

Caso práctico. Registro Mercantil

El presente caso práctico será resuelto en clase el próximo miércoles día 12. Los alumnos que pretendan acogerse régimen de evaluación continua deverán entregar su resolución por escrito.

Don Jorge Fernández compra el 3 de enero de 2006 una vivienda en construcción a la entidad Construcciones Tenerife, S.L., representada en ese acto por Doña Marta Gutiérrez Díaz como administradora de la misma y con quien Don Jorge había realizado las negociaciones previas antes de decidirse a adquirir el inmueble. En el contrato de compraventa que se formalizó en documento privado figuraba como fecha de entrega de la vivienda el 30 de junio de 2006, abonando Don Jorge la cantidad de 20.000 € a la firma del contrato y pactando un abono mensual de 1.000 € a abonar por medio de transferencia en una cuenta bancaria titularidad de Construcciones Tenerife, S.L., hasta la fecha de entrega de la vivienda y conviniendo en que el resto del precio sería abonado en el momento de elevar a escritura pública el contrato, lo que tendría lugar una vez entregada la vivienda.
Llegado el 30 de junio 2006, la vivienda no es entregada al comprador por no estar finalizada su construcción, informando la vendedora a Don Jorge que hasta enero del año 2007 no será posible la finalización de la obra y, por tanto, su entrega.
Don Jorge no está conforme con las razones que alega la constructora como causa del incumplimiento del contrato e interpone la correspondiente demanda judicial contra Construcciones Tenerife, S.L solicitando la resolución del contrato y la devolución de las cantidades abonadas, así como la penalización prevista en el contrato para caso de incumplimiento por parte de la vendedora con las obligaciones derivadas del contrato de compraventa.
Interpuesta la demanda y notificada a la demandada, ésta contesta que quien intervino en el contrato de compraventa no podía vincular a la sociedad, Construcciones Tenerife, S.L, porque con fecha 1 de diciembre de 2005 la Junta procedió a cesar a Doña Marta Gutiérrez Díaz como administradora, nombrando en su lugar a Don Alberto Martín Pérez, por lo que la sociedad no estaba debidamente representada y, en consecuencia, no pudo quedar obligada en virtud del contrato suscrito con el demandante, solicitando, en consecuencia, la desestimación de la demanda interpuesta por Don Jorge.
Construcciones Tenerife, S.L. figura inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, sin que hasta esa fecha haya concurrido causa alguna determinante del cierre de su hoja registral.

¿Prosperarán las alegaciones de la demandada, Construcciones Tenerife, S.L., y desestimará el órgano judicial la demanda? Conteste razonadamente su respuesta.

miércoles, 14 de noviembre de 2007

Caso práctico. Colaboradores del empresario.

El presente caso práctico será resuelto en clase el próximo miércoles 21 de noviembre. No es necesario entregarlo.

También ese día se comentarán las SSTS de 27 de diciembre de 1999 (RJ 1999/9750) y 18 de noviembre de 1996 (RJ 1996/8361)


Con fecha 13 de enero de 2005 D. Fernando Gómez efectuó una entrega de diez mil euros a un empleado de la oficina que «Caja Rural de La Rioja, S.A.» tiene abierta en La Laguna. La finalidad de dicha entrega era la constitución de un depósito a plazo fijo que debía devolverse, con los intereses pactados, una vez transcurridos 12 meses desde la entrega del capital. Una vez transcurrido dicho plazo, D. Fernando solicita de la «Caja Rural de La Rioja, S.A.» la entrega del depósito más los intereses, a lo que se niega la institución de ahorro so pretexto de que el empleado de la entidad receptor del dinero actuó irregularmente no contabilizando los ingresos. La entidad alega, además, que en la escritura del poder otorgado a favor de dicho empleado de la entidad no consta que «Caja Rural de La Rioja, S.A.» haya otorgado facultades al mismo para la recepción de dinero en efectivo con la finalidad de constituir depósitos a plazo fijo a favor de los clientes.

D. Fernando Gómez acude a Ud. para que le asesore y le informe acerca de la viabilidad de una posible demanda judicial para recuperar las cantidades entregadas. ¿Cómo articularía Ud. una posible acción judicial a favor de D. Fernando Gómez?

jueves, 8 de noviembre de 2007

Caso práctico. Ejercicio del comercio por empresario casado

El presente caso práctico será resuelto en la clase del miércoles 14 de noviembre. Los alumnos que desean acogerse al sistema de evalución continua deberán entregar la resolución del caso por escrito ese mismo día.


Ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Santa Cruz de Tenerife, Materiales de Construcción MACO, S.A. promueve demanda de juicio ordinario contra Don Juan H. H., empresario individual, solicitando se le condene al abono de la cantidad de 30.000 € en concepto de impago de determinadas mercancías proveídas al mismo, entregadas y no abonadas.
Con fecha 3 de junio de 2007 el Juzgado dicta sentencia estimando íntegramente la demanda y, en consecuencia, condena a D. Juan H.H. al abono de dicha cantidad, más los intereses legales correspondientes. Dicha sentencia, confirmada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife tras la presentación del correspondiente recurso de apelación, ha tenido que ser ejecutada por la demandante dado que D. Juan H.H. no ha procedido al pago de las cantidades señaladas en la sentencia.
Despachada ejecución sobre los bienes del deudor, se decreta el embargo de la vivienda conyugal, oponiéndose al mismo la esposa de D. Juan H.H., alegando que ella no ha consentido el ejercicio de la actividad empresarial de su marido y que, en consecuencia, la vivienda conyugal no puede quedar afecta al cumplimiento de las obligaciones contraídas por su esposo en el ejercicio de la misma.


A su juicio, ¿podría escapar la vivienda conyugal a la ejecución del acreedor ejecutante?

miércoles, 24 de octubre de 2007

SSTS a comentar en la clase del martes 30 de octubre (de 10 a 11)

A continuación se indican las Sentencias del Tribunal Supremo que los alumnos deberán buscar a efectos de ser comentadas en la clase del próximo martes 30 de octubre, en horario de 10 a 11:

- STS de 7 de abril de 1997 (RJ 1997/2743)
- STS de 29 de febrero de 1996 (RJ 1996/1612)

Aquellos alumnos que sigan el régimen de evaluación continua deberán entregar, al menos, el comentario de una de las sentencias señaladas.

jueves, 18 de octubre de 2007

Jurisprudencia

A continuación se relacionan las sentencias que fueron analizadas en clase sobre la importancia de la determinación de la naturaleza del contrato como civil o mercantil:

- Sentencia del TSJ de Navarra, Sala Civil y Penal, de 15 de noviembre de 1991 (RJ 1991/9800)
- Sentencia de la AP de Asturias, Sección 5ª, de 29 de abril de 1997 (AC 1997/932)
- Sentencia de la AP de Cantabria, Sección 1ª, de 8 de marzo de 2004 (AC 2004/339)

miércoles, 17 de octubre de 2007

Actividad para el martes 23 de octubre

Comentario del Auto de la AP de Navarra (Sección 2ª) nº 13/1999, de 5 de febrero
(AC 1999/76)

lunes, 15 de octubre de 2007

Horario de tutorías

Prof. Dr. Luis Pérez Gil: viernes de 16,00 a 20,00 hs

Prof. Dra. Lourdes Melero Bosch: martes de 11,00 a 13,00 hs y miércoles de 16,00 a 17,00 hs